¿Podría transposicionar los términos iusnaturalismo y iuspositivismo al ordenamiento social, en lugar de a un ordenamiento jurídico?
Es decir, ¿existen realmente unas reglas morales adecuadas de tal manera a la sociedad, que se considera éticamente ilegal no seguirlas? ¿Hay una serie de normas morales y verdades universales inmutables e invariables, sociálmente establecidas con respecto a un comportamiento esperado y generalizado?. ¿Son normas sociales que todo el mundo espera que los demás cumplan y que de no ser así, podrían tomarse la libertad de calificarlo como "cabrón"?. ¿Equivaldría esta serie de comportamientos éticos jurídicamente al iusnaturalismo? Cual sería entonces la posición iuspostivista?
Se trataría de aquel que actúa según unos principios propios qué el mismo se ha impuesto porque le da la gana, no siguiendo una base moral si no más bien práctica o tradicional, ya sea por una ideología heredada o de cosecha propia..
¿Donde está el límite entre el iuspositivismo y el iusnaturalismo social?
Desde el ángulo sobre el que lo mires, puedes opinar que una cuestión entra dentro de una clasificación u otra....creo que depende del colectivo social en el que ideológicamente te encuentres.
Por ejemplo, para un taurino, yo soy una iuspositivista que protesto contra lo que el considera correcto, pero al contrario, yo a mi misma en este caso me veo como una iusnaturalista que reivindica y exige un comportamiento moral por su parte.
Hay mucha endogamia en los colectivos y eso hace más fácil la diferenciación de ideas, pero siempre hay que mirar las cosas por un cristal que refleja 8 luces.
Feliz tarde poetas del mundo :)
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